Comenzó la inscripción para los lotes con servicios de Procrear en Corrientes
El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat que conduce Santiago Maggiotti anunció que ya están abiertas las inscripciones para la línea Lotes con Servicios del Procrear II. Tal como se informó, hay un total de 1.456 terrenos, distribuidos en 52 predios de 11 provincias, uno de los cuales es en la ciudad de Goya.

Mediante esta iniciativa los interesados pueden adquirir un crédito para acceder a alguno de los terrenos con servicios básicos del programa Procrear II, a partir del cual el adjudicatario puede edificar allí una vivienda unifamiliar.
Avanza la construcción de viviendas y la integración barrial en los 26 departamentos
Quiénes pueden inscribirse al sorteo por los 1456 lotes con servicios del Procrear II
Tal como explicaron desde la cartera a cargo, en esta oportunidad se ofrecen un total de 1.456 lotes distribuidos en 52 predios a lo largo de 11 provincias argentinas.
La inscripción, al igual que en la línea Desarrollos Urbanísticos, cuenta con dos modalidades:
1) General, para personas de 36 a 64 años de edad y
2) Destino Joven , donde pueden anotarse aquellos aspirantes de entre 18 y 35 años
Para inscribirse los interesados deberán llenar el correspondiente formulario en la página web del Ministerio.
Allí también pueden consultar el detalle los predios a sortear, los requisitos generales y las bases y condiciones completas.
Cuál es el precio máximo de un lote y cómo puede financiarse
En cuanto a la financiación, el monto máximo por lote será de $3 millones.
La financiación implica que durante los primeros seis meses del crédito, el pago será en seis cuotas fijas en pesos.
El saldo restante del crédito será otorgado en pesos, a tasa cero, mediante ajuste de capital por coeficiente Casa Propia.
Por su parte, la Amortización tendrá dos etapas.
1) Durante los primeros seis meses del crédito se deberá cancelar un porcentaje del precio del lote en seis cuotas mensuales y consecutivas, que variarán según el nivel de ingresos declarado al momento de la inscripción, y que podrán representar entre el 6 y el 25% del valor total.
2) El saldo se cancelará a partir del séptimo mes, en entre 125 y 360 cuotas, según precisamente el nivel de ingresos declarado.
¿Dónde se encuentran los 52 predios?
Adolfo Alsina, Carhué, provincia de Buenos Aires
Bahía Blanca, Buenos Aires
Benito Juárez, Buenos Aires
Berazategui, Buenos Aires
Beriso, La Plata, Buenos Aires
Coronel Pringles, Buenos Aires
Chacabuco, Buenos Aires
Carmen de Areco, Buenos Aires
Coronel Suárez, Buenos Aires
Exaltación de la Cruz, Buenos Aires
General Villegas, Buenos Aires
Guaminí, Buenos Aires
Casbas, Buenos Aires
Hurlingam, Buenos Aires
La Plata, Buenos Aires
Lamadrid, Buenos Aires
Las Flores, Buenos Aires
Lobos, Buenos Aires
Mar Chiquita, Buenos Aires
Mar del Plata, Buenos Aires
Moreno, Buenos Aires
Olavarría, Buenos Aires
Pergamino, Buenos Aires
Pila, Buenos Aires
Puán, Buenos Aires
Saladillo, Buenos Aires
San Nicolás de los Arroyos, Buenos Aires
San Miguel del Monte, Buenos Aires
Tandil, Buenos Aires
Tapalqué, Buenos Aires
Torquinst, Buenos Aires
Trenque Lauquen, Buenos Aires
Tres Lomas, Buenos Aires
Villa Gessel, Buenos Aires
Campana, Buenos Aires
Luján, Buenos Aires
San Fernando del Valle de Catamarca, Catamarca
Puerto Madryn, Chubut
Villa María, Córdoba
Goya, Corrientes
Gualeguaychú, Entre Ríos
Formosa
Neuquén
San Martín de los Andes, Neuquén
Caleta Olivia, Santa Cruz
Río Gallegos, Santa Cruz
Esperanza, Santa Fe
Posadas, Misiones
Barrio Liceo, Córdoba
Requisitos para participar de la línea joven del PROCREAR II
Al momento de completar el formulario de inscripción se podrá incluir sólo un cotitular. Para quienes están casados, el cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
El titular y el cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.
a) Matrimonio.
b) Unión convivencial.
c) Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el titular y cotitular.
En dichos casos, si con posterioridad a la inscripción tuviese lugar la ruptura del vínculo declarado en el formulario de inscripción, operará la inhabilitación tanto para el titular como para el cotitular para acceder al crédito con dicha inscripción, debiéndose inscribir en un nuevo sorteo si existiese esta posibilidad a disposición.
REQUISITOS GENERALES
1) Ser argentino, natural o por opción, o extranjero con residencia permanente mayor a cinco (5) años.
2) Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.
3) El grupo familiar deberá contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos del grupo familiar, en forma mensual netos, deberán estar en el rango de uno y medio (1,5) y ocho (8) SMVyM al momento de la inscripción.
4) Tener entre dieciocho (18) y treinta y cinco (35) años de edad al momento de la inscripción.
5) No tener bienes inmuebles registrados a nombre del solicitante o cualquier miembro de su grupo familiar, ni como propietarios ni como copropietarios al momento de iniciar el trámite, salvo las excepciones enumeradas en el punto 11.6.
6) No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
7) No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos doce (12) meses.
8) Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA, en los últimos doce meses.
9) Registrar, como mínimo, doce (12) meses de antigüedad en la actividad (empleados e independientes). En el caso de independientes, la antigüedad se considera desde la fecha de inscripción en el correspondiente régimen. A los efectos de computar la continuidad de la antigüedad laboral, se considerará la fecha de ingreso al empleo anterior siempre que entre la fecha de ingreso al empleo actual y la fecha de egreso anterior no hayan transcurridos más de sesenta 60 días corridos y tenga en el empleo actual al menos tres (3) meses de antigüedad.
Para independientes, la antigüedad laboral se establecerá considerando la fecha de inscripción al régimen de Monotributo o Ganancias, según corresponda.
Se considera la continuidad laboral de empleados públicos que hayan pasado de una modalidad de contratación (siendo monotributista) a relación de dependencia o viceversa, durante el último año.