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Política

Concejales del FdT piden informe a Osella sobre su propuesta para que Ávalos ocupe el Tirbunal de Cuentas

Con la firma de los doctores Pablo Ibáñez, Lorena Pérez Carballo y Lucía López —Daniel Lesteime no firmó—, se presentó este jueves en el Honorable Concejo Deliberante un pedido de informe para que el Intendente Osella informe los criterios y objetividad empleados para la propuesta del ex vice-intendente de la actual gestión municipal para el cargo del Tribunal de Cuentas. Corre un plazo de cinco días hábiles para que el DEM responda.

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA

PROYECTO DE RESOLUCION

TEMA: PEDIDO DE INFORME SOBRE PROPUESTA DEL CDOR. DANIEL JACINTO AVALOS PARA OCUPAR CARGO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS 

AUTOR: Concejales del Frente de Todos

PRESENTADO: Por los concejales abajo firmantes

VISTO:

Que en fecha 25/10/21 el DEM eleva mediante resolución N° 1897 al Honorable Concejo Deliberante por expediente N° 3175/21; en la cual se propone al Cdor. Daniel Jacinto Avalos, para ocupar el cargo de Auditor del Tribunal de Cuentas municipal.

CONSIDERANDO:

Que conforme dispone el art. 128 de nuestra carta orgánica municipal: "Crease el Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de Goya, el que revestirá el carácter de órgano extra poder. Tendrá a su cargo el control de gestión administrativo-contable y de legalidad de la hacienda municipal, el dictamen de informes contables municipales …

Que entre las atribuciones exclusivas Tribunal de cuentas conforme reza el art. 134, debe revisar las cuentas de la Administración municipal, estado de ejecución del presupuesto, Fiscalizar la percepción de los recursos y la inversión de los mismos. Fiscalizar las contrataciones. Observar los actos administrativos y financieros que no se ajusten a la carta orgánica y ordenanzas.

Que el art. 140 de la carta orgánica municipal dispone que los responsables obligados a rendir cuenta deberán presentar las rendiciones al Tribunal de Cuentas... Y conforme el mencionado artículo, como vice-intendente en el periodo 2017/2021 con funciones ejecutivas, El Cdor. Daniel Avalos es un responsable obligado que debería presentar rendición de cuentas a si mismo.

Que el art. 142 de la carta orgánica municipal determina que las rendiciones de cuentas presentadas al Tribunal de Cuentas, serán debidamente examinadas y verificadas en su aspecto formal, legal, contable, numérico y documental…

Que el periodo en ejercicio a cargo de la viceintendencia del contador Avalos, fue del 10 de diciembre de 2017, hasta su renuncia el 01 de noviembre de 2021.

Que en caso de su designación en el cargo del Tribunal Evaluador, sería claramente incompatible la atribución de evaluar los actos administrativos en cabeza de un poder ejecutivo del cual el formaba parte.

Como función de veedor de los actos administrativos del Poder Ejecutivo Municipal, es lógico y razonable que la conformación del tribunal de cuentas sea objetiva y lo más trasparente posible, en representación del poder de contralor delegado por el pueblo a través de su carta magna, siendo ese organismo la única herramienta que cuenta la ciudadanía para el control de los actos administrativos y de gobierno.

Recordemos que una de las funciones del Poder Ejecutivo es la de rendir cuentas al pueblo, indicando si la gestión transparente, si no hubo sobreprecios, nivel de ejecución del presupuesto anual, auditoria de gastos de las dependencias. Control de ejecución y liquidación de la obra pública, revisión de procesos de licitatorios y de compra directa o indirecta; entre otros.

Que claramente la designación del Cdor. Daniel Jacinto Avalos, en el cargo de revisor de cuentas, debiendo auditar sobre la gestión municipal 2017 a 2021, genera un manto de incertidumbre acerca de su objetividad a la hora de autoevaluar y auto juzgar los propios actos administrativos y de gestión realizados por su propia gestión municipal; generándose de esta manera, una innecesaria nebulosa de sospechas que opacarían al Tribunal de Cuentas en su totalidad.

Claramente podemos observar que a nivel nacional la Auditoria General de la Nación, está a cargo de un presidente, designado por la propia oposición al gobierno de turno, asimismo de similar forma son designados el resto de los miembros de la auditoria, buscando resguardar la imparcialidad y transparencia.

POR LO EXPUESTO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE GOYA  RESUELVE:

ARTICULO 1°. Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal informe los criterios objetividad empleados para la propuesta del ex vice-intendente de la actual gestión municipal, para ser propuesto para el cargo del Tribunal de Cuentas Municipal

ARTICULO 2°.   Se establece un plazo de cinco (5) días hábiles para enviar al HCD de Goya la información solicitada en los Arts. 1º.-

ARTICULO 3°. DE FORMA.

Fdo: Dr. Pablo E. Ibañez, Concejal PJ; Lorena Pérez Carballo, Concejal; Lucía López, Concejal PJ.

Recibido el 04/11/2021

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